miércoles, 7 de abril de 2010

GRUPO VULNERABLE-INDIGENAS-MARCO LEGAL

  • El articulo 3 reconoce el derecho de los pueblos indigenas a la libre determinacion de su condicion politica y sus propias propiedades para su desarrollo, tiene el derecho a la autonomia y el autogobierno en asuntos internos.
  • El articulo 19 declara que los estados tiene la obligacion de consultar y cooperar de buena fe con los pueblo indigenas a travez de sus instituciones representativas.
  • El articulo 26 reconoce el derecho de los pueblos indigenas a poseer, utilizar, desarrollar y controlar las tierras, territorios y recursos que tradicionalmente han poseido
  • El articulo 29 especifica que los estados tienen el deber de proteger el medio ambiente y la capacidad productiva de los territorios y recursos de los pueblos indigenas.
  • El articulo 30 prohibe el desarrollo de actividades militares en estos territorios, a menos que se haya acordado libremente con los pueblos indigenas afectados
  • Del estado monocultural al multicultural y plurietnico
  • Reconocimiento del sujeto de derecho colectivo

Bibliografia: http://hrev.org/media/proyectos/tp2marcolegal.pdf

http://www.acnur.org/biblioteca/pdf/4885/pdf

ANGELICA DAZA R.

DEMOCRACIA

8.04.10

4 comentarios:

  1. faltan los trabajos de sociales pero esta bien

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  2. que buen blog no creo que no le falta nada pero faltaalgo creativo

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  3. Faltan Trabajos!, pero su presentacion esta bien
    Andre Diaz

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  4. me gusto tu blog :) pero faltan algunas cosillas :s pero de resto esta super

    Atm: Laura Puentes

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